Mascarilla obligatoria en todas las situaciones

15 / 07 / 2020

Por Orden de la Consejera de Salud de la Comunidad Autónoma Vasca que ha sido adoptada con objeto de contener el brote epidémico de la pandemia del Covid-19, desde esta medianoche (día 16 de julio) el uso de la mascarilla, en personas de más de seis años, será obligatorio en Euskadi.

Obligatoridad

Es obligatorio el uso de la mascarilla con independencia de la distancia interpesonal, tanto cuanto se esté en vía pública y en espacios al aire libre como cuando se este en espacios cerrados de uso pñublico.

La medida afectará también a las personas cuando se  encuentren en las playas y piscinas. En estos espacios naturales deberá llevarse puesta «en los desplazamientos», incluidos los paseos por la orilla, y se podrá quitar al tumbarse o sentarse en un lugar, siempre y cuando se guarde un metro y medio de distancia con otros usuarios del arenal, o las personas sean de la misma unidad de convivencia.

La mascarilla debe cubrir desde la parte del tabique nasal hasta el mentón, incluído.

Establecimientos de hostelería

En establecimientos y servicios de hostelería y restauración, incluidos bares y txokos, se excluye dicha obligación del uso de la mascarilla solamente en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas. En caso contrario, se deberá usar la misma.

Además del uso obligatorio de la mascarilla, se ponen límites en el sector hostelero para evitar concentraciones de personas. En éstos locales, la ocupación máxima será de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
Se permite el acceso al interior y el servicio en barra, con distancia física de 1,5 metros entre clientes o grupos de clientes.
Los titulares de los establecimientos, espacio o locales deberán garantizar el cumplimiento de estas obligaciones.

Además, la orden determina que, mientras dure la situación actual y esté vigente esta orden, no se concederán nuevas autorizaciones de ampliaciones de horario y se dejarán sin efecto las que pudieran haberse concedido.

Lonjas juveniles y similares

Se prohíbe toda actividad en lonjas juveniles y locales de características similares.

Consumo de bebidas en la calle

Queda prohibido el consumo colectivo o en grupo, de bebidas en la calle o en espacios público ajeno a los establecimientos de hostelería o similares.

Personas con sintomatología

Cualquier persona que experimente alguno de los síntomas más comunescompatibles con COVID-19, tales como fiebre, escalofríos, tos, sensación de falta de aire, disminución del olfato y del gusto, dolor de garganta, dolores musculares, dolor de cabeza, debilidad general, diarrea o vómitos, deberá permanecer en su domicilio y comunicárselo a su servicio sanitario a la mayor brevedad.

Igualmente, si existen convivientes en el domicilio, deberá evitar el contacto con ellos y, si es posible, usar una habitación de forma exclusiva hasta recibir instrucciones de su servicio sanitario.

ORDEN COMPLETA – (BOPV 16/07/2020)