Subvenciones para el desarrollo social de Eskoriatza
07 / 04 / 2014Hoy 7 de abril se han publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa las bases correspondientes a la primera convocatoria que hace el Ayuntamiento de Eskoriatza para otorgar subvenciones correspondientes al Programa para el Fomento del Desarrollo Social de Eskoriatza.
La concesión se efectuará en régimen de concesión directa mediante el sistema de evaluación individualizada y una misma persona podrá ser beneficiaria de más de un tipo de subvención prevista en este programa previa justificación de los requisitos indicados para ello.
Conceptos que se subvencionan en esta convocatoria:
1.- IVTM (Impuesto de Vehículos Tracción Mecánica):
- Familias numerosas (Ayuda entre el 15% y el 50% del impuesto)
2.- Tasas del polideportivo:
- Quienes están en situación de desempleo al menos durante los últimos 6 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de las ayudas en el Boletin Oficial de Gipuzkoa
- Las familias cuyos miembros adultos en edad de trabajar se encuentren en situación de desempleo
- Las personas mayores de edad y menores de 25 años y que tengan la consideración de estudiantes
- Las personas con algún tipo de discapacidad
- Las personas pensionistas de jubilación
- Las familias numerosas o unidades familiares monoparentales o cuyos titulares sean personas viudas o separadas
3.- Personas en situación de desempleo por largo tiempo:
- Subvención por estar en paro 12 de los últimos 18 meses: 10 axtrokis en cada convocatoria
Plazo y lugar para presentar las solicitudes.
- Plazo: 16 de mayo de 2014
- Lugar: Registro del Ayuntamiento
- Horario: 9:00-14:30
Cuantía de las subvenciones
- Impuesto de Vehículos Tracción Mecánica: Ver información adjunta
- Tasas del polideportivo: Ver información adjunta
- Personas en situación de desempleo por largo tiempo: 10 axtrokis en cada convocatoria
La solicitud para la obtención de la subvención deberá contener la siguiente documentación:
1.-Solicitud de subvención
2.- Fotocopia del DN.I.
3.- Documento acreditativo de la circunstancia que se alega para acceder a la ayuda, y que consistirá en:
(No será preciso aportar aquella documentación que haya sido aportada recientemente al ayuntamiento, obre en poder del mismo y se encuentre en vigor)
Familia numerosa
- Fotocopia del Libro de Familia
- Última declaración de la renta de los miembros de la unidad familiar.
- Certificado de convivencia
Desempleados
- Certificado emitido por el Servicio Vasco de Empleo donde conste el periodo en que se ha estado en desempleo durante los últimos 18 meses.
Estudiantes mayores edad y menores de 25 años
- Certificado del centro donde se cursa los estudios u otro certificado similar con el que quede acreditada la condición de estudiante.
Discapacitados
- Certificado de discapacidad
Los pensionistas de jubilación
- Certificado de pensiones
Unidades familiares monoparentales o cuyos titulares sean personas viudas o separadas
- Libro de familia
- Certificado de convivencia.
El ayuntamiento se reserva el derecho de exigir otra documentación además de la relacionada cuando quede debidamente justificado que es necesaria para acreditar alguna de las circunstancias que dan derecho a la ayuda.
Pago de la subvención.
La subvención concedida será abonada en un único plazo y en forma de moneda local llamada Axtroki, cuya equivalencia será de 1 axtroki 1 euro; esto es, los beneficiaros no recibirán dinero en metálico. Los beneficiarios recibirán una cantidad determinada de axtrokis que podrán ser canjeados en el comercio local.
Otras convocatorias
Ésta es la primera convocatoria del año 2014 y se prevé realizar otras dos, una en julio y otra en noviembre. En cada convocatoria se podrán solicitar estas ayudas: