Proyecto de Ordenanza para la protección y tenencia de animales en el municipio de Eskoriatza

Plazo de aportaciones: 25/10/2022
Problemas que se pretenden solucionar:

El desarrollo económico de las sociedades contemporáneas y su impacto en el entorno ambiental han generado una importante conciencia social de respeto al medio natural, y particularmente hacia los animales que más cerca conviven con el hombre. Los poderes públicos están, por ello, y como consagra el propio Texto Constitucional de 1.978 en su artículo 45, llamados a desempeñar un importante papel en la defensa del entorno.

A los municipios les corresponde la responsabilidad de conjugar la preservación de la salubridad pública con la garantía del respeto, defensa y protección de los animales, manteniendo un equilibrio ajustado a los intereses generales.

Como sucede con toda convivencia, debe de encauzarse de forma razonable para que sus peligros no tornen en desventajas los muchos beneficios de la cercanía de los animales. Las personas han de tener en cuenta que los animales dependen absolutamente de ellas y que deben responsabilizarse de todas las atenciones que requieren, así como de asegurar que su presencia y sus hábitos, no van a ser dañinos para el resto de la comunidad, sobre todo para la higiene, el ornato y la seguridad de  este municipio y para las personas a las que no les agrada la presencia de animales.

Se pretende  abordar  cuestiones  esenciales que tienen que ver con las ventajas y los inconvenientes que genera la existencia de tan crecida población de animales de compañía:

  • La coexistencia entre propietarios y no propietarios.
  • La educación y sensibilización ciudadana.
  • La garantía de la higiene y el ornato en el municipio de Eskoriatza.
  • La regulación de la tenencia y los cuidados.
  • La protección y defensa de los derechos de los animales y la atención de sus necesidades en caso de abandono y maltrato.
  • Promover la tenencia y convivencia responsable.
Necesidad y oportunidad de su aprobación:

La Ordenanza, fruto de la potestad reglamentaria y de autoorganización reconocida a las Entidades Locales en el artículo 4.1 a) la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 5 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi,  además de regular  la posesión de animales, establecería un conjunto de obligaciones para  este Ayuntamiento y para las personas poseedoras y titulares de animales, con el objeto de minimizar los riesgos varios que pueden suponer los animales en sociedad, intentando garantizar una convivencia social adecuada, e incidiendo en la necesidad de una posesión responsable, tanto en el trato con el animal, como en la consideración y en el respeto hacia el resto de las personas con las que se convive en el municipio.

En la línea de impulsar una mejor convivencia entre las personas y los animales, la Ordenanza  contribuiría  al objetivo de aumentar la sensibilidad y el respeto hacia los animales, estableciendo las bases para una educación en el municipio de  Eskoriatza que promueva comportamientos propios de una sociedad moderna y justa.

Posibles soluciones alternativas regulatorias o no regulatorias:

A los municipios les corresponde la responsabilidad de conjugar la preservación de la salubridad pública con la garantía del respeto, defensa y protección de los animales, manteniendo un equilibrio ajustado a los intereses generales. Para ello resulta imprescindible determinar un marco normativo que introduzca la suficiente certeza jurídica en esta materia .

Este marco normativo,   de ámbito internacional, estatal y autonómico,   debe ser completado con una Ordenanza municipal que desarrolle  para el municipio de  Eskoriatza lo dispuesto en toda esa legislación de rango superior.

Garantizar una convivencia social adecuada, e incidiendo en la necesidad de una posesión responsable, tanto en el trato con el animal, como en la consideración y en el respeto hacia el resto de las personas con las que se convive en el municipio,  hace necesario una ordenanza para adaptar toda la normativa de rango superior a las necesidades reales de este municipio en el que los animales domésticos,  en especial los perros, gatos y palomas, juegan un  papel preponderante.