Subvenciones para el fomento del desarrollo sostenible

14 / 05 / 2015

Las circunstancias que darán derecho a esta ayuda, serán los siguientes:

a) Ser sujeto pasivo del IVTM y ostentar la titularidad de vehículos clasificados como turismos que emitan menos de 120 gramos de CO2 por kilómetro recorrido (g/km).

b) Ser sujeto pasivo del IVTM y ostentar la titularidad de vehículos con motor eléctrico.

c) Ser sujeto pasivo del IBI en relación a bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas de energía renovable.

d) Ser sujeto pasivo de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos con la tarifa 1.1 y practicar el auto-compostaje.

Beneficiarios y requisitos

1. Las personas propietarias de bienes muebles o inmueble consideradas de naturaleza respetuosa con el medio ambiente.

2. Las personas con actitudes que favorezcan un menor impacto ambiental en la gestión de sus residuos.

Requisitos que deben reunir los beneficiarios para obtener la subvención.

Podrán acceder a estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que no incurran en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley General de Subvenciones, y siempre que se cumplan las siguientes condiciones por parte de lo los/las perceptores/as de la subvención:

a) Estar empadronado/a en el municipio de Eskoriatza.

b) Estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la seguridad social.

c) Tener liquidadas todas las deudas y sanciones de cualquier naturaleza con el Ayuntamiento de Eskoriatza y con los organismos autónomos dependientes de él.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes de obtención de subvenciones, será hasta el 22 de mayo de 2015.

Las solicitudes se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento en horario de 9:00 a 14:30 horas.

Más información y documentación