Proyecto de Ordenanza para la instalación de sistemas para la captación de energía solar en el municipio de Eskoriatza

Plazo de aportaciones: 17/02/2023
Problemas que se pretenden solucionar:

El cambio climático es uno de los principales retos a los que se enfrenta la sociedad en la actualidad. Tal y como señala el Quinto Informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), el calentamiento del sistema climático es inequívoco y tiene un claro impacto humano. La emisión continua de gases de efecto invernadero (GEI) provocará un mayor calentamiento y cambios duraderos en todos los componentes del sistema climático, lo que supondrá un aumento de la probabilidad de impactos graves para las personas y los ecosistemas. En este contexto, los tres objetivos principales marcados por la Unión Europea son: reducir las emisiones de gases de efecto invernadero respecto a 1990, aumentar el uso de energías renovables y mejorar la eficiencia energética. Pero todo esto, hay que hacerlo de forma ordenada.

En nuestro municipio, de un tiempo a esta parte, se están implantando cada vez más sistemas de energías renovables, sobre todo solares. Sin embargo, el Ayuntamiento no dispone de regulación urbanística sobre la  implantación de estos sistemas de captación, lo que dificulta el que se haga de forma ordenada. Por ello, se pretende regular mediante una ordenanza la instalación de estos sistemas de captación solar, incorporando la perspectiva urbanística y preservando o minimizando en lo posible el impacto paisajístico.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

La Ordenanza, como consecuencia de la potestad reglamentaria y de autoorganización reconocida a las Entidades Locales por los artículos 4.1 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 5 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, regulará la implantación de sistemas de captación solar en nuestro municipio, en función del tipo de instalación, ubicación y potencia.

Objetivos de la normativa:

Es objeto de la presente Ordenanza regular, desde el punto de vista urbanístico, la implantación de sistemas de captación de energía solar, bien sean fotovoltaicas bien sea térmicas, en el término municipal de Eskoriatza. Todo ello, sin perjuicio de la legislación sectorial que sea de aplicación.

Posibles soluciones alternativas regulatorias o no regulatorias:

La Unión Europea establece los objetivos de las energías renovables mediante la Directiva 2009/28/CE. Son numerosas las normativas adoptadas en los Estados miembros para la aplicación de dicha Directiva. También el Gobierno Vasco, en base a este marco normativo superior, aprobó en 2016 la Estrategia Energética de Euskadi (3E2030) fijando una serie de objetivos.

La consecución de algunos de estos objetivos planteados pasa por la intervención municipal. Y es que los ayuntamientos, en el ejercicio de sus competencias y con un mejor conocimiento de la realidad ciudadana, deben  fomentar el uso de la energía solar a través de ordenanzas municipales y planes urbanísticos, al tiempo que deben apoyar la necesidad de armonizar los edificios con el entorno y adoptar formas y materiales que generen el
menor impacto.

Por tanto, el marco normativo internacional, estatal y autonómico debe ser completado con una ordenanza municipal que desarrolle para el municipio de Eskoriatza lo dispuesto en toda esa legislación de rango superior.