Programa de ayudas del Gobierno Vasco para apoyar al turismo y al comercio

29 / 05 / 2020

Hoy 29 de mayo se han publicado en el Boletín Oficial del País Vasco las ayudas dirigidas al sector turístico y comercio. Son complementarias y compatibles con otras procedentes de cualquier administración, siempre y cuando no se sobrepase el costo del fin subvencionado, y se otorgarán por el régimen de concurrencia competitiva que establezca la Orden que regule la convocatoria.

Entidades beneficiarias

Autónomos, micro y pequeñas empresas cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea la turística o comercial, cuya actividad se haya visto suspendida totalmente en el periodo de alarma sanitaria o que hayan sufrido una reducción en las ventas superior al 75%.

Conceptos subvencionables

Gastos operativos y corrientes a excepción de los gastos laborales (salarios y cotizaciones a la Seguridad Social):

  • Los pagos correspondientes a las cuotas de los préstamos hipotecarios destinados a cubrir la compra del establecimiento donde se desarrolla la actividad o los recibos de alquiler del establecimiento correspondientes a 3 meses consecutivos desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
  • El gasto de adquisición del aprovisionamiento de producto perecedero o fresco recepcionado entre el 15 de febrero y con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma sanitaria, o el gasto de adquisición del stock de producto de temporada (comercio).
  • Los gastos corrientes producidos durante el cierre de la actividad por el estado de alarma sanitaria, como son: suministros, otros consumos o abono de servicios exteriores; gastos de asesoramiento y gestión de las ayudas diversas vinculadas al impacto de la COVID-19; los costes de afiliación a asociaciones del ámbito hostelero, comercial y turístico, correspondientes a un período máximo de 3 meses desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma.
  • Las cuotas de amortización de préstamos destinados a la financiación de inversiones desde el 1 de enero de 2019 hasta el estado de Alarma correspondientes a 3 meses consecutivos, en el caso de turismo.

Cuantía de las ayudas

Respecto a la cuantía de las ayudas se refiere al 100% del gasto presentado con una subvención máxima de 3.000 euros por empresa. Los gastos presentados y admitidos a subvención no deben ser inferiores a 750€.

Solicitudes

El procedimiento para solicitarlas es por tramitación electrónica, con un plazo de un mes desde hoy, y aparte de la documentación habitual se pide una declaración responsable para acreditar el cumplimiento de las condiciones, así como la relación de gastos que se presentan a subvención e informaciones complementarias para la baremación.

Convocatoria

ORDEN de 19 de mayo de 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regulan y convocan, para el ejercicio 2020, las ayudas «COVID-19» al sector comercial vasco. (BOPV 29/05/2020)