Subvenciones para asociaciones que desarrollan su actividad en Servicios Sociales (2022)

Descripción:

Es objeto de las presentes bases, la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones que desarrollan sus actividades en el ámbito de los servicios sociales, tanto para sus gastos de funcionamiento como para la realización de proyectos.

Podrán optar a las subvenciones las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro de asociaciones del Gobierno Vasco, que desarrollan y/o atiendan actividades en el ámbito de municipio de Eskoriatza o atiendan en sus servicios a vecinos de Eskoriatza, que sean coincidentes con el objeto del presente programa de ayudas.

Además, deberán desarrollar su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales y su finalidad será el fomento de la participación, la promoción del voluntariado social, la solidaridad entre los ciudadanos y la atención a personas con problemas de integración e inserción social en uno o varios de los colectivos siguientes: infancia, juventud, mujer, minusvalías, tercera edad, minorías étnicas, personas exreclusas, adicciones, transeúntes y cualquier grupo en riesgo social que precise de los Servicios Sociales.

Departamento: Servicios sociales
Situación: Fuera de plazo
Cuantía asignada: 5700 €
Normativa aplicable:

OINARRIAK euskaraz (PDF)

BASES en castellano (PDF)

Convocatoria – BOG – 09/06/2022 (PDF) 

Último día para presentar solicitudes: 11/07/2022
Tramitación presencial:

De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015,  las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse con las Adminsitraciones Públicas haciedo uso de medios electrónicos, por lo que esta subvención no puede solicitarse presencialmente y deberá hacerse por vía telemática.

Tramitación online: Portal Ciudadano
Documentación a presentar:

1. Solicitud de subvención online, en el que se incluye:

  • Autorización expresa para comprobar que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (si no se concede esa autorización, deberá presentarse documento acreditativo de tales extremos).
  • Declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para la obtención de subvenciones, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre.
  • Declaración jurada de haber solicitado subvención por este concepto en otra entidad.

2. Con la solicitud se deberá adjuntar la siguiente documentación:

  • Datos sobre la asociación (Anexo I).
  • Código de Identificación Fiscal.
Anexos:

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

Para conocer con exactitud la documentación que se ha de presentar para la justificación de la subvención, consultar el manual de procedimientos en el apartado Documentación a presentar – Justificación de la subvención“.