Descripción: |
Es objeto de estas bases regular las condiciones de subvención para sufragar los gastos de aprendizaje de euskera a los eskoriatzarras que hayan estudiado euskera y no hayan acreditado un nivel de HABE, bien por no haberse presentado o bien por no haber conseguido acreditar el nivel.
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Departamento: |
Euskera |
Situación: |
Plazo de solicitud abierto |
Normativa aplicable: |
BASES y CONVOCATORIA (BOG – 15/04/2024)
BASES (PDF)
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Último día para presentar solicitudes: |
29/11/2024 |
Tramitación presencial: |
H@ZI (Servicio de atención ciudadana)
- De lunes a viernes de 8:00 a 14:30
Más información
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Tramitación online: |
Portal Ciudadano |
Documentación a presentar: |
- Impreso de solitud. En el impreso declaración expresa de los siguientes términos (en caso de no indicarlos, será necesario presentar el justificante que lo acredite):
- Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No hallarse incurso en ningún proceso de devolución económica ante la administración.
- No haber solicitado otra subvención para la misma actividad. En caso de haberla solicitado, deberá presentar documentación específica al respecto.
- No haber recibido sanción administrativa o penal por discriminación sexual o por infringir la normativa vigente y aplicable en materia de igualdad entre hombres y mujeres.
- Que sus fines y objetivos no son contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
- Que no está incurso en ninguna de las causas de prohibición de los artículos 13.2. y 13.3 de la Ley 38/2003.
- Documento acreditativo de haber abonado la matrícula. (Si el/la solicitante da su consentimiento, será el propio euskaltegi el que acredite este término)
- Documento expedido por el euskaltegi o barnetegi que certifique la asistencia al curso y la aprobación de 1 subnivel. (Si el/la solicitante da su consentimiento, será el propio euskaltegi el que acredite este término)
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