Ayudas para la rotulación de establecimientos y promoción de la imagen corporativa en euskera (2024)

Descripción:

En esta convocatoria se conceden ayudas para la rotulación e imagen corporativa en euskra en comercios, establecimientos hosteleros y empresas de la localidad, en los giuientes ámbitos:

  • Colocación de rótulos: tendrán la consideración de rótulos los que se coloquen tanto en la fachada como en las puertas y cristales del establecimiento comercial u hostelero.
  • Mejora y promoción de la imagen corporativa: los elementos de imagen corporativa pueden ser toldos, tarjetas de visita, sellos, facturas, rotulaciones de vehículos, bolsas y papeles de envolver o elementos similares.
Departamento: Desarrollo económico
Situación: Plazo de solicitud abierto
Cuantía asignada: 1500 €
Normativa aplicable:

BASES y CONVOCATORIA (BOG – 03/06/2024)

BASES (PDF)

Último día para presentar solicitudes: 31/10/2024
Tramitación presencial:

De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015,  las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse con las Adminsitraciones Públicas haciedo uso de medios electrónicos, por lo que las solicitudes hechas por asociaciones legalmente constituídas, deberán presentarse obligatoriamente por vía telemática.

Más información

  • H@ZI  (Servicio de atención ciudadana): De lunes a viernes de 8:00 a 14:30
Tramitación online: Portal del Ciudadano
Documentación a presentar:
  • Solicitud general de subvención. En el impreso de solicitud, declaración expresa de los siguientes términos (en caso de no realizar la declaración, será necesario presentar el justificante que lo acredite):
    • Que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    • Que no tiene iniciado o en trámite procedimiento alguno de reintegro a la administración .
    • Que no ha solicitado ninguna otra subvención par ala misma actividad. En su caso, deberá aportar documentación específica al respecto.
    • Que no está sancionada administrativa ni penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo ni por vulnerar la normativa vigente y aplicable en materia de igualdad de mujeres y hombres.
    • Que sus fines no son contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
    • Que no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado de 18 de noviembre de 2023).
  • Propuesta de texto y diseño del rótulo o elemento a realizar. En el caso de que ya se haya colocado el rótulo o realizado el elemento, fotografía del mismo o, en su caso, cuando se haya solicitado subvención para la mejora de la imagen corporativa, un ejemplar de cada material generado (hojas, tarjetas, bolsas).
  • Presupuesto del gasto o factura (cuando el gasto está realizado).

El Ayuntamiento de Eskoriatza solicitará directamente a otras administraciones los datos necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social por parte del solicitante. En el caso de que la persona solicitante se oponga a ello en la instancia, deberá presentar la documentación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Asimismo, se comprobará en el propio Ayuntamiento de Eskoriatza que el solicitante dispone de autorización para la colocación del rótulo.