Preguntas más frecuentes

El Juez de Paz

Dentro de los juzgados de Paz, la persona que representa la Administración de justicia es el Juez de Paz. Normalmente será un vecino suyo, un conocido del pueblo, incluso usted mismo puede serlo si así lo desea y cumple los requisitos que la ley exige.

¿Qué hace falta para ser Juez de Paz?

El ciudadano que quiera ser Juez de Paz debe ser mayor de edad, no tener causa de incapacidad o de incompatibilidad para desempeñar funciones judiciales, aunque puede tener su propia actividad profesional o mercantil

Para ello el Ayuntamiento de los municipios donde existe Juzgado de Paz, hará pública una convocatoria a la que se pueden presentar todos aquellos que deseen serlo, y deberán acompañar a su solicitud la documentación que en el anuncio se mencione, así como los títulos académicos que posea (aunque no es necesario tener estudios).

Una vez sea elegido por el Pleno del Ayuntamiento, será nombrado Juez de Paz por el Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma, por un periodo de cuatro años.

¿Qué debe hacer durante su mandato?

Tiene las siguientes funciones: deberá tramitar, celebrar y dictar sentencias en juicios de faltas por hechos de pequeña gravedad (insultos, vejaciones, coacciones) que hayan ocurrido en su pueblo.

Lo mismo, si se reclaman cantidades menores de 90 euros.

Celebrar actos de conciliación, con los que se quiere evitar la vía judicial. Así, es posible llegar a un arreglo extrajudicial en controversias tales como: constructor en terrenos ajenos, reclamación de rentas de alquiler, reclamación de facturas impagadas, solicitud de rentas de vivienda arrendada, reclamación a un taller por servicios mal prestados, reclamación por deuda monetaria, reclamación al constructor por defectos en la obra y construcción de vivienda. Los actos de conciliación no es necesario que vayan firmados por abogado y procurador.

También debe atender el Registro Civil, lo que hará que celebre bodas, inscriba nacimientos, y otros hechos de esta materia.

Todos los Juzgados de Paz (pequeños y grandes) tienen una oficina judicial, que está formada por los funcionarios que prestan sus servicios y atienden al ciudadano directamente.

Distintos tipos de Juzgados de Paz

Unos están abiertos de lunes a viernes y son los denominados Juzgados de Paz. Otros, solamente están abiertos durante unos días en concreto de la semana (Agrupaciones de Secretarias de Juzgados de Paz).

¿Por qué ocurre esto?

Existen pueblos muy pequeños (menos de 7.000 habitantes), que hasta hace pocos años, carecían de personal profesional específico de justicia que pudiera atenderle adecuadamente. Por ello se crearon las Agrupaciones de Secretarías (un mismo Secretario atiende a varios municipios}, para que su pueblo cuente con una persona que le pueda orientar y, además, evitarle desplazamientos innecesarios.

Como es lógico, esta persona, junto con otros profesionales de la Justicia, están obligados a desplazarse cada día de la semana a un municipio distinto y ese día es el que estará abierto su Juzgado de Paz, en el que encontrará información sobre cuál es el día en el que usted, ciudadano/a, puede acudir.

En aquellas poblaciones con población inferior a 7.000 habitantes, o cuando no estén agrupados los Juzgados de Paz para formar una Agrupación de Secretarias de Juzgados de Paz, es personal del propio Ayuntamiento quien atiende las funciones del Juzgado de Paz.

¿Que es el juzgado de paz?

El juzgado de paz es el órgano de la Administración de justicia que se encuentra en todos aquellos municipios donde no existe un juzgado de 1ª instancia e instrucción.

Es decir, el ciudadano va a encontrar un Juzgado de Paz en aquellos municipios en los que no existe un edificio al que todos conocemos como “ Palacio de Justicia” -que suele estar ubicado en lugares con una superficie territorial muy amplia-, así, dentro de nuestra Comunidad Autónoma existen Palacios de Justicia en Bilbao, Barakaldo, Getxo, Vitoria-Gasteiz, Donostia San Sebastián, Eibar, Tolosa, etc.

Por el contrario, los Juzgados de Paz los encontramos en zonas menos amplias territorialmente, tales como Leioa, Santurtzi, Llodio, Ermua, Beasain, Eskoriatza, Aretxabaleta, etc.

El Juzgado de Paz presta al ciudadano el servicio más sencillo dentro de la compleja Administración de Justicia

La oficina Judicial del Juzgado de Paz

Al frente de estos funcionarios se encuentra el Secretario Judicial, que es el profesional al que el ciudadano puede acudir para solicitar información, tanto de los asuntos de ese órgano judicial, como de otros que se lleven en Juzgados de Primera Instancia, Instrucción, Penal, Social, etc. El Secretario siempre le atenderá o le indicará a dónde debe acudir en su caso concreto.

Pero debe conocer también, el/la ciudadano/a, que el Juzgado de Paz tiene una competencia limitada. No puede decidir cuestiones para las que la ley no le asigna capacidad.

Actualmente, muchos de los vecinos de un pueblo con Juzgado de Paz, van a notar que antes podían ir a prestar declaración a su Juzgado, sin embargo ahora no. Ocurre, que la competencia ha sido modificada y muchas de las declaraciones que se hacían en estos órganos judiciales, hoy deben realizarse ante un Juez de Primera Instancia, pero este Juzgado sigue cerca de usted, para darle otros servicios.