Ayudas para dinamizar la actividad socio-cultural y/o económica de los barrios rurales (2026)

Descripción:

Es una subvención a las asociaciones de vecinos de los barrios rurales del municipio de Eskoriatza para la organización de actividades socio-culturales y/o económicas que permitan tanto impulsar el desarrollo y/o el mantenimiento de la vida rural de Eskoriatza como fomentar la relaciones vecinales de sus habitantes.

Departamento: Anteiglesias
Situación: Plazo de solicitud abierto
Cuantía asignada: 8000 €
Normativa aplicable:
  • Bases (PDF)
  • BOG – Bases y convocatoria (PDF – 07/05/2026)
Último día para presentar solicitudes: 20/10/2026
Tramitación presencial:

De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015,  las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse con las Adminsitraciones Públicas haciedo uso de medios electrónicos, por lo que esta subvención no puede solicitarse presencialmente y deberá hacerse por vía telemática, en el enlace para la tramitación online.

Más información:

Tramitación online: Sede electrónica
Documentación a presentar:
  1. Solicitud general de subvención. En el impreso declaración expresa de los siguientes términos (en caso de no indicarlos, será necesario presentar el justificante que lo acredite):
    • Que la asociación está al corriente en los pagos de la Seguridad Social y de la Hacienda Foral.
    • Que no se encuentra incursa en procedimiento alguno de reintegro iniciado o tramitado ante la Administración General de Euskadi y sus Organismos Autónomos en el ámbito de las subvenciones recibidas de ellos.
    • Solicitudes de subvención formuladas ante otras entidades u organismos, o aquellas subvenciones que ya le han sido otorgadas.
    • No haber sido sancionada administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por la ley para la igualdad de mujeres y hombres.
    • Que sus fines y objetivos, sistema de selección o acceso, funcionamiento, trayectoria, actividad, organización o estatutos, no sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
    • No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para la obtención de subvenciones, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre.
  2. Documento acreditativo de la inscripción de la asociación en el registro de asociaciones como asociación sin ánimo de lucro y estatutos de la asociación o autorización para comprobarlo. Asimismo, se aportará copia del poder notarial del representante legal de la asociación o certificado del censo de asociaciones en el que conste el cargo de la persona firmante de la solicitud dentro de la asociación.
  3. Anexo I:
    • Memoria descriptiva y valorativa de la actividad o programa por la que se solicita la subvención.
    • Listado resumen de gastos e ingresos habidos con motivo de la actividad o programa.
    • Que si la anteiglesia (barrio) no gasta en su totalidad la subvención correspondiente, permitirá que el excedente sea utilizado por otras anteiglesias o barrios
  4. Originales o copias compulsadas de las facturas de los gastos realizados. Con carácter excepcional, en los servicios o trabajos prestados por personas físicas que no estén en condiciones de emitir la oportuna factura cumpliendo los requisitos legalmente exigibles (IVA, alta en autónomos, IAE, etc.) se admitirá como sustituto de la factura la presentación del oportuno recibí (anexo II) por parte del preceptor que contenga mínimamente los datos que a continuación se indicarán y siempre que el importe total cobrado no supere la cantidad de 100 €/persona y la suma de todas las notas de gasto o documentos que no reúnan los requisitos exigibles para ser considerados facturas no sea superior al 35% de la subvención concedida:
    • a fecha del pago, que deberá coincidir con la de la realización de la actividad.
    • La cantidad que se abona.
    • La identificación del perceptor del pago (nombre, 2 apellidos y DNI) y del ordenante del mismo.
    • Concepto por el que se ordena el pago.

No se admitirán tickets, deberán de ser facturas.

Cualquier otra documentación que el Ayuntamiento de Eskoriatza estimara oportuno requerir en cada caso.