Ayudas de “Euskera y Multiculturalidad” en el tiempo libre (2026)

Descripción:

Es objeto de estas bases regular las condiciones de subvención para hacer frente al costo de la matrícula y/o cuota de actividades de tiempo libre organizadas en euskera por grupos y/o asociaciones del municipio, que permitan a los niños y las niñas incrementar el conocimiento del euskera y facilitar su integración sociocultural.

Habrá 2 plazos para presentar las solicitudes:

  • El primero se iniciará al día siguiente de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa y finalizará el 30 de septiembre de 2026. Este plazo estará dirigido al alumnado que esté matriculado en un centro educativo de Eskoriatza antes del 30 de septiembre en el curso 2026-2027.
  • La segunda, del 1 de octubre al 13 de diciembre de 2026. Este plazo estará dirigido al alumnado matriculado en un centro de Eskoriatza con posterioridad al 30 de septiembre.
Departamento: Euskera
Situación: Plazo de solicitud abierto
Cuantía asignada: 4000 €
Normativa aplicable:
  • Bases (PDF)
  • BOG – Bases y convocatoria (PDF – 10/09/2026)
Último día para presentar solicitudes: 13/12/2026
Tramitación presencial:

H@ZI  (Servicio de atención ciudadana)

  • De lunes a viernes de 8:00 – 14:30

Más información

Tramitación online: Sede electrónica
Documentación a presentar:
  • Impreso de solicitud con declaración expresa de los siguientes términos (en caso de no indicarlos, será necesario presentar el justificante que lo acredite):
    • Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    • No hallarse incurso en ningún proceso de devolución económica ante la administración.
    •  No haber solicitado otra subvención para la misma actividad. En caso de haberla solicitado, deberá presentar documentación específica al respecto.
    • No haber recibido sanción administrativa o penal por discriminación sexual o por infringir la normativa vigente y aplicable en materia de igualdad entre hombres y mujeres.
    • Que sus fines y objetivos no son contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
    • Que no está incurso en ninguna de las causas de prohibición de los artículos 13.2. y 13.3 de la Ley 38/2003.

Se informa que el Ayuntamiento de Eskoriatza comprobará directamente los datos de los requisitos establecidos desde la plataforma de intermediación de datos y otras administraciones. También accederá directamente a los datos relativos a los criterios de valoración poniéndose en contacto con el centro escolar donde está matriculado el menor. No obstante, la persona solicitante podrá renuncias a dicha acreditación. En este caso, deberá presentar la documentación que acredite las oligaciones y los requisitos de baremación establecidos en los artículos 8 y 10 respectivamente.