Subvenciones para sistemas no municipales de abastecimiento de agua en núcleos rurales (2022)

Descripción:

Subvenciones destinadas a la financiación de obras de reparación o mantenimiento de los sistemas de abastecimiento de agua de titularidad no municipal existentes en los núcleos rurales del municipio.

Las obras de reparación o mantenimiento objeto de subvención deberán de referirse a sistemas de abastecimiento colectivos (red general).

Con carácter excepcional podrán subvencionarse aquellas obras de reparación o mantenimiento que se ejecuten en sistemas individuales siempre que quede acreditado, con previo informe de los servicios técnicos municipales, que la conexión a la red general no ha sido posible por razones técnicas o de elevado coste presupuestario.

Las personas individualmente consideradas no podrán solicitar subvención

Las asociaciones deberán de:

  1. Carecer de ánimo de lucro y que entre sus fines se encuentre promover mejoras, la convivencia y el desarrollo socio-cultural de la Anteiglesia
  2. Estar legalmente inscritas en el Registro del Gobierno Vasco
  3. Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.

Los gastos susceptibles de subvención serán aquellos relativos a actuaciones en el área rural que recaigan sobre redes colectivas de abastecimiento de agua de titularidad no municipal y tengan por objeto:

  • La reparación o mantenimiento de captaciones, conducciones, depósitos, equipos de potabilización y desinfección u otros elementos que contribuyan a la mejora en la calidad o fiabilidad en el suministro.
  • Obras de nuevo enganche a la red colectiva de abastecimiento de caseríos o viviendas sin enganche o viviendas de nueva construcción. En el caso de enganches para instalaciones de explotaciones ganaderas pertenecientes a los caseríos, tendrá que justificarse que el enganche no puede realizarse desde el ya existente en el caserío.

Los gastos deberán ser por las actividades realizadas desde el 20 de noviembre de 2021 hasta el 19 de noviembre de 2022, ambos inclusive.

Departamento: Anteiglesias
Situación: Fuera de plazo
Cuantía asignada: 3000 €
Normativa aplicable:

Bases en bilingüe (PDF)

Convocatoria y bases (BOG – 18/10/2022)

Último día para presentar solicitudes: 30/11/2022
Tramitación presencial:

De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015,  las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse con las Adminsitraciones Públicas haciedo uso de medios electrónicos, por lo que esta subvención no puede solicitarse presencialmente y deberá hacerse por vía telemática.

Más información

Tramitación online: Portal Ciudadano
Documentación a presentar:
  • Solicitud general de subvención (a rellenar en el Portal Ciudadano). En el impreso de solicitud, declaración expresa de los siguientes términos:
    • No hallarse incurso en ningún proceso de devolución económica ante la administración.
    • No haber solicitado otra subvención para la misma actividad. En caso de haber solicitado/recibido otra subvención, será necesario presentar el justificante del mismo.
    • No haber incurrido en discriminación sexual ni haber recibido sanción administrativa o penal por ese hecho.
    • Que sus fines y objetivos no son contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
    • Que no está incurso en ninguna de las causas de prohibición de los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/20032.
  • El Ayuntamiento de Eskoriatza solicitará directamente a otras administraciones los datos necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Si la persona solicitante en la propia solicitud se opusiera a ello, deberá presentar la documentación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Breve memoria explicativa de la actuación realizada.
  • Factura acreditativa de la ejecución de la obra.